Contrato de transporte

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Viajar en tren, aunque sea sin billete, constituye contrato de transporte

07 de noviembre de 2019 Jurisprudencia CONTRATO DE TRANSPORTE

El TJUE ha emitido una sentencia respondiendo a la cuestión planteada por la justicia belga en relación a una multa impuesta a unos viajeros que accedieron al tren sin billete. El tribunal europeo considera que hay contrato con el transportista, y no se le puede aplicar el reglamento dándose la duda de si la relación entre los mismos y el prestador de servicios tenía carácter contractual o reglamentario

El transportista aéreo debe probar que informó al pasajero 2 semanas antes de la cancelación del vuelo para eximirse del pago de la compensación

12 de mayo de 2017 Jurisprudencia CONSUMIDORES

El Tribunal de Justicia europeo ha dictado una sentencia en la que señala la obligación de informar al pasajero al menos con dos semanas de antelación respecto a la hora de salida prevista cuando exista cancelación, correspondiéndole la carga de la prueba, pues en caso contrario, deberá pagarle una compensación. Esto es así cuando el contrato de transporte se concluye directamente entre compañía y pasajero y también cuando es a través de una agencia de viajes por internet.

La competencia de los Juzgados de lo Mercantil en caso de acción cambiaria en que el negocio causal es un contrato de transporte

Abordamos un asunto en el que hay discrepancia doctrinal y jurisprudencial. Según el autor, ni el carácter abstracto del título, ni el art. 820 de la LEC, ni la falta de mención de la relación causal subyacente en la demanda cambiaria, justifican por sí solos la atribución de la competencia a los Juzgados de Primera Instancia. Otros argumentos avalan la misma conclusión.

El Gobierno actualiza el régimen jurídico del contrato de transporte terrestre

25 de junio de 2007 Noticias ANTEPROYECTO DE LEY

A propuesta del ministro de Justicia, Mariano Fernández Bermejo, el Consejo de Ministros ha aprobado el anteproyecto de ley de contrato de transporte terrestre, que tiene como objetivo actualizar el régimen jurídico en el transporte de mercancías y de pasajeros, tanto por carretera como por ferrocarril. La futura regulación, que ahora ha de someterse a la consulta del sector de los transportes, las organizaciones de usuarios, las Comunidades Autónomas y Administraciones Públicas afectadas, pondrá fin a la anacrónica situación actual.

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